Propiedad y legislación sobre tierras
Demostrar derechos legales sobre la tierra que se está protegiendo.
Los participantes en el sistema de créditos de biodiversidad deben demostrar sus derechos legales sobre la tierra. Los créditos pueden ir a propietarios y guardianes de la tierra, así como a individuos y organizaciones con otros tipos de derechos sobre la tierra (por ejemplo, derechos de caza). Todas las partes con derechos legales sobre la tierra deben ser recompensadas por la preservación en lugar de la explotación de la tierra. Los proyectos deben proporcionar una descripción de los derechos de propiedad y la superficie de tierra involucrada.
Los derechos sobre la tierra pueden variar de un sitio a otro y deben seguir los requisitos jurisdiccionales. Esta metodología está específicamente diseñada para permitir que los IP y LC con derechos de tierra incompletos participen en actividades de conservación si pueden proporcionar pruebas claras de tenencia de la tierra. Se proporciona un protocolo de validación de tierras de muestra para la jurisdicción nacional colombiana (Apéndice B).
La MEIS reconoce los siguientes tipos de derechos legales:
Propiedad legal en forma de título, o
Derechos de uso de la tierra (por ejemplo, derechos de caza o contratos de tala), o
Custodia (grupos locales autorizados a ocupar y sostenerse en el territorio).
El PCB debe demostrar u obtener la autorización expresa por escrito de un individuo, organización pública o colectiva, titular o administrador de la tierra y límites en los cuales se implementa la actividad del proyecto. Si se aplican más de un tipo de derecho legal, todas las partes deben proporcionar autorización. En el caso de tierras de propiedad privada, se debe proporcionar prueba expresa por parte del propietario o titular de la tierra autorizando la realización del PCB.
La MEIS ofrece la disposición para la custodia legal en lugar de exigir la propiedad absoluta de la tierra, basada en argumentos políticos, sociales y culturales en zonas históricamente biodiversas. Desde una perspectiva cultural, muchas comunidades Indígenas simplemente no reconocen los derechos de los seres humanos a "poseer" los recursos naturales. En numerosas ocasiones, los cooriginadores de la ISBM han enfatizado que la tierra no puede ser poseída, solo custodiada. En otros casos, el gobierno del país puede mantener derechos legales sobre las tierras y prohibir la propiedad legal completa por parte de los pueblos Indígenas. En ausencia de título legal de la tierra, la prueba de custodia o gestión de la tierra puede ser utilizada por el PCB, siempre que se presente la documentación necesaria (Apéndice B).
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